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La Juve, para más inri: ¿a qué se exponen Comolli y Chiellini por su bronca con La Penna?

La Juve, para más inri: ¿a qué se exponen Comolli y Chiellini por su bronca con La Penna?TODOmercadoWEB.es
© foto de www.imagephotoagency.it
Hoy a las 12:50Serie A
Ivan Cardia

El Inter FC encara la polémica, pero es la Juventus la que podría tener que afrontar medidas por parte de los organismos competentes. Es, si se quiere, la paradoja de lo ocurrido el sábado por la noche en San Siro: ningún interista se arriesga a sanción, ni siquiera Alessandro Bastoni, dado que la prueba televisiva por simulación solo es aplicable cuando desemboca en expulsión directa o en penalti. Muy distinto es el panorama para los dirigentes del conjunto bianconero.

Las imágenes de Damien Comolli y Giorgio Chiellini, consejero delegado y director de estrategia futbolística del club bianconero, respectivamente, encarando airadamente al árbitro La Penna, corrieron como la pólvora en las redes. También estaba presente Luciano Spalletti, igual de enfadado aunque más centrado en calmar los ánimos. Lo del técnico debe leerse como una protesta, llamativa y poco más. En cambio, Comolli y Chiellini podrían enfrentarse a sanciones: mañana, al término de la jornada de la Serie A, se pronunciará el juez deportivo. Todo depende de lo que haya escrito La Penna en el acta arbitral: si no lo hubiera mencionado —algo poco probable—, el juez deportivo no podría pronunciarse y tendría que dejarlo todo en manos de la Fiscalía Federal, a la que, en cualquier caso, podría pedir mañana una ampliación de la investigación y darse algo de tiempo antes de decidir.

¿Pero a qué se exponen Comolli y Chiellini? Los dos artículos del Código de Justicia Deportiva dedicados al comportamiento de los dirigentes hacia los colegiados son el art. 35 y el art. 36. El primero se refiere a conductas violentas, definidas como "todo acto intencional dirigido a producir una lesión personal y que se concreta en una acción impetuosa e incontrolada, marcada por una agresividad voluntaria". La sanción es durísima (al menos 2 años de inhabilitación), pero no es el caso: seguro que no para Chiellini, cuyo proceder fue bastante más templado, ni tampoco, en principio, para Comolli. Su arrebato encajaría en lo previsto por el siguiente art. 36, que para los dirigentes contempla como sanción mínima: "a) 2 meses en caso de conducta injuriosa o irrespetuosa hacia los árbitros; b) 4 meses en caso de conducta gravemente irrespetuosa hacia los árbitros que incluya contacto físico". El comportamiento de Chiellini debería encuadrarse, como mucho, en el supuesto de la letra a), aunque también es posible que se califique simplemente como una protesta enérgica y poco más. En cuanto a Comolli, los dos meses parecen el mínimo, pero no se descarta que se llegue, como poco, a cuatro.

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