Gravina dimite. El comunicado íntegro con los motivos
Se celebró hoy en la sede de la FIGC en Roma el encuentro entre el presidente Gabriele Gravina y los presidentes de los distintos estamentos federativos. Al inicio de la reunión, Gravina informó a los máximos representantes de la Lega Calcio Serie A Ezio Maria Simonelli, de la Lega B Paolo Bedin, de la Lega Pro Matteo Marani, de la Lega Nazionale Dilettanti Giancarlo Abete, de la Associazione Italiana Calciatori Umberto Calcagno y de la Associazione Italiana Allenatori di Calcio Renzo Ulivieri, de que ha presentado su dimisión del cargo que se le confió en febrero de 2025 y de que ha procedido a convocar la Asamblea Extraordinaria Electiva de la FIGC para el próximo 22 de junio en Roma.
La fecha se ha fijado con pleno respeto de los Estatutos federativos y para garantizar a la nueva dirección la tramitación del proceso de inscripción a las próximas competiciones profesionales.
Durante la reunión, además, Gravina agradeció a los estamentos por haberle renovado, en público y en privado, su cercanía y apoyo, e informó a los presidentes de que se ha puesto a disposición para comparecer el próximo 8 de abril (11:00 horas) ante la VII Comisión de Cultura, Ciencia y Educación de la Cámara de los Diputados, donde informará sobre el estado de salud del fútbol italiano. Será en esa sede donde el presidente Gravina presentará, de la forma más completa y exhaustiva posible, un informe sobre los puntos fuertes y débiles del movimiento, abordando también algunos de los temas ya tratados en la rueda de prensa celebrada tras el partido de la selección italiana disputado en Zenica el pasado martes 31 de marzo. A este respecto, Gravina lamentó la interpretación de sus palabras sobre la diferencia entre deportes aficionados y profesionales, que en ningún caso pretendían ser ofensivas hacia ninguna disciplina deportiva, sino que aludían a las distintas normativas y regulaciones internas (por ejemplo, la presencia en la gobernanza de algunas Federaciones de Ligas con sus respectivas autonomías) y externas (con expresa referencia a la naturaleza societaria de los clubes profesionales de fútbol, que deben someterse a una legislación nacional e internacional distinta a la de los clubes aficionados).



