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La CNMC recomienda primar criterios objetivos en el reparto de los derechos de televisión

La CNMC recomienda primar criterios objetivos en el reparto de los derechos de televisiónTODOmercadoWEB.es
© foto de Luca Marchesini/TuttoLegaPro.com
jueves 28 mayo 2015, 17:12Otras noticias
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fuente EUROPA PRESS

MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recomendado primar criterios objetivos en el reparto de los derechos de televisión y ha instado a los clubes a saldar sus deudas con Hacienda y la Seguridad Social, en su informe sobre el Real Decreto-Ley de medidas urgentes de los derechos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional en España.

Esta normativa, aprobada el pasado 30 de abril por el Consejo de Ministros y convalidada un par de semanas después en el Congreso de los Diputados, modifica el sistema actual de explotación de los derechos audiovisuales e instaura un sistema de venta conjunta.

En su informe, la CNMC recomienda sobre los criterios para el reparto de los ingresos primar los criterios objetivos para asegurar "unos incentivos adecuados" para los clubes. "En vez de criterios de "implantación social" evaluados a partir de estudios de mercado, la implantación social debería calcularse sobre variables objetivas y verificables como la recaudación en abonos y taquilla", señala.

Asimismo, considera que se deben evitar posibles tramientos diferenciados de los clubes sobre el cobro de deudas por parte de las Administraciones Públicas. Así, los ingresos obtenidos por los derechos audiovisuales se deberían dedicar "de forma obligatoria, preferente y en un plazo perentorio" a saldar dichas deudas con la Seguridad Social y Hacienda.

Esta obligación debería "primar" sobre los ngastos en fichajes de nuevos jugadores. Por otra parte, las compensaciones que deben realizar los clubes a la Liga de Fútbol Profesional, del 1 por ciento, y a la Federación Española (RFEF), también del 1 por ciento, deberían guiarse por un criterio de "orientación a costes" para que no haya incentivos a pérdida de eficiencia.

El fondo de compensación, del 3,5 por ciento, para los equipos que descienden de categoría podría, según la CNMC, "alterar" el libre juego de la competencia económica y deportiva porque estos equipos ya cuentan, generalmente, con mayores ingresos que sus nuevos compañeros de categoría, advierte.

"La CNMC considera que la venta conjunta de los derechos supone un acuerdo horizontal entre competidores con el principal efecto de fijar el precio. En principio, esta fórmula está prohibida por la normativa nacional y comunitaria de competencia. Sin embargo, la Comisión Europea considera que presenta determinadas eficiencias y mejoras para el bienestar del consumidor, que permiten que se recurra a ella. En consecuencia, el Gobierno podría estar legitimado jurídicamente para establecer dicho sistema en España", argumentó.

En cuanto al caso español, la CNMC considera que el sistema de venta de derechos conjuntos es "de difícil justificación" desde el punto de vista de la competencia frente al sistema vigente hasta ahora. "Por ello, a pesar de que el modelo que plantea el Real Decreto-Ley podría representar ciertas mejoras, siempre que se confirmen las eficiencias alegadas, convendría que fuesen evaluadas bajo los principios de necesidad y proporcionalidad", sugirió.