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El CSD deniega la compra de acciones del Cádiz de 'Locos por el Balón', propiedad de la hermana de Quique Pina

El CSD deniega la compra de acciones del Cádiz de 'Locos por el Balón', propiedad de la hermana de Quique PinaTODOmercadoWEB.es
© foto de Prospero Scolpini/TuttoLegaPro.com
martes 18 febrero 2014, 18:032ª División B
de
fuente EUROPA PRESS

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha denegado la solicitud de adquisición de 67.813 acciones del Cádiz, equipo que milita en Segunda División B, por parte de la mercantil 'Locos por el Balón SL' con el objetivo de evitar la multipropiedad de Sociedades Anónimas Deportivas que participan en la misma competición, y con ello proteger la pureza de la misma.

Según la resolución, la empresa 'Locos por el Balón' es propiedad de Elena Pina Campuzano, titular del 100% de las acciones y hermana de Enrique Pina, presidente del Granada, y su administrador único es Enrique Juan José Pina López, padre del propio Enrique Pina.

El filial del Granada comparte grupo, el IV, de Segunda B, por lo que, en el caso de admitirse la compra de acciones, se podría provocar la "adulteración, desvirtuación o alteración del normal desarrollo de la competición" y una situación de multipropiedad.

La ley establece que ninguna persona física o jurídica que directa o indirectamente ostente una participación en los derechos de voto en una SAD "igual o superior al cinco por ciento" podrá tener una participación igual o superior a dicho 5 por ciento en otra SAD que participe en la misma competición profesional.

"En esta compra de acciones del Cádiz por parte de la mercantil Locos por el Balón SL, Enrique Pina Campuzano ostenta la condición de Presidente del Granada, ha sido hasta recientes fechas Administrador Único de la mercantil Daxian 2009 SL, máximo accionista del Granada, y a su vez, a través de familiares directos, pretende controlar un porcentaje muy relevante del capital social del Cádiz", señala el CSD en una nota.

Según el Consejo, esta resolución mantiene su criterio en sus resoluciones de 19 de febrero de 2004 por la que se denegó la solicitud de adquisición de acciones del Club Deportivo Toledo SAD por parte de una sociedad al considerarse acreditado que el titular real de esta última pretendía ejercer el control simultáneo, a través de sociedades interpuestas.

También el 5 de diciembre de 2012 se denegó la solicitud de adquisición de acciones del Tenerife Club Baloncesto SAD por parte del Club Cantera Base 1939 Canarias porque los clubes profesionales, como era el caso del Club Cantera Base 1939 Canarias, no pueden participar directa o indirectamente en el capital de otra Sociedad Anónima Deportiva que pertenezca a la misma modalidad deportiva.